domingo, 28 de mayo de 2017

Constitución del 1978

CIRCUNSTANCIAS HISTÓRICAS Y PROCEDIMIENTO CONSTITUYENTE: Este proceso constituyente arranca con la muerte del dictador Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975, la Monarquía fue reestablecida y el rey Juan Carlos pasó a ser la figura transcendental en este cambio político. El rey nombró a Arias Navarro como Jefe del Gobierno, quería seguir un continuismo con pocos cambios, pero la grave crisis económica del 1973 (petróleo), reforzamiento de la oposición, grandes manifestaciones en contra del Gobierno. La oposición definió un programa común en COORDINACIÓN DEMOCRÁTICA, la propuesta era un Gobierno provisional y unas elecciones libres de carácter constituyente para asentar un sistema político democrático. Los franquistas tuvieron movilizaciones sociales contrarias en Cataluña y País Vasco, esto provocó ante la grave situación que el Rey Juan Carlos I nombrará presidente del Gobierno a Adolfo Suárez, un político reformista. Este promulgó la LRP (Ley de Reforma Política) que reconocía derechos fundamentales de las personas, poder legislativo basado en la soberanía popular y era la base de un sistema democrático, establecía un sistema bicameral por sufragio universal y fue sometida a un referéndum que ganó. La continuación fue la celebración de unas elecciones democráticas, de las que salió un sistema bipartidista para elaborar una Constitución.

ANÁLISIS DEL CONTENIDO DEL TEXTO ARTICULADO

1.- SOBERANÍA: NACIONAL ÚNICA

2.- LIBERTADES Y DERECHOS INDIVIDUALES: POLÍTICOS Y SOCIALES, no discriminación por edad, raza, sexo y religión, y se fija el derecho a votar a partir de los 18 años.

3.- DIVISIÓN Y RELACIÓN DE PODERES:
-LEGISLATIVO Competencia: Elaborar leyes, aprobar los presupuestos generales y controlar al gobierno.
                            Procedimiento electoral: Sufragio Universal.
                            Composición: Cortes Generales.
                            Garantías: Igualdad ante ley, habeas corpus, recurso de amparo, presunción de inocencia, derecho a                                   ser juzgados por jueces imparciales, preminencia de la Constitución ante todas las leyes. 

-EJECUTIVO    Sujetos del poder: Gobierno (Presidente y ministros).
                            Competencias: Promulgar leyes y ejecutarlas, decretos LEY.

-JUDICIAL        Competencias: El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.
                            Organización y procedimientos: Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Supremo (sala I materia civil, sala II materia penal, sala III contencioso administrativo, sala IV materia laboral y sala V materia militar), jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley
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4.- ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TERRITORIAL DEL ESTADO:
Sistema descentralizado con la creación de las Comunidades Autónomas, que se regulan mediante estatutos que incluyen órganos legislativos, elegidos por S. UNIVERSAL (parlamentos), ejecutivos (gobiernos) y también fijan sus competencias. Artículo 151, para llegar a la autonomía, utilizado por los vascos, catalanes y gallegos (nacionalistas) y las que lo ratificaron por referéndum y el Artículo 143, donde el proceso es más lento.  

5.- RELACIONES IGLESIA-ESTADO: Libertad de cultos y cooperación con la Iglesia católica.

6.- FUERZAS ARMADAS: Sometidas al poder civil.
Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

7.- ECONOMÍA Y HACIENDA: Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general, la ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.
La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

C) CONCLUSIONES Y SIGNIFICADO DEL TEXTO CONSTITUCIONAL

Escrita y cerrada en un único texto articulado pero inacabado. (pendiente del desarrollo posterior por leyes), rígida, ya que no puede ser modificada fácilmente, aunque no es imposible, extensa, es muy larga consta de 169 artículos más 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogativa y una final, democrática ya que es el pueblo la que se la asigna a sí mismo mediante la mayoría, progresista, ya que fue el fruto del acuerdo entre las diversas fuerzas políticas y original, tiene influencias de la alemana e italiana se asienta sobre estas líneas.

domingo, 7 de mayo de 2017

La constitución de 1931, comienza la segunda república.




CONSTITUCIÓN DEL 1931
En el verano de 1931 las Cortes Constituyentes inauguraron sus sesiones, y quedó claro desde un primer momento que el texto constitucional a realizar no tendría un carácter de consenso entre todas las fuerzas políticas, sino que sería una constitución que apoyaría al criterio de la mayoría parlamentaria (socialistas y republicanos).

La Constitución tenía un carácter democrático y progresista: “Una república de los trabajadores de todas las clases sociales” y renunciaba a la guerra como instrumento de las relaciones internacionales.
En general la constitución presentaba las siguientes características: soberanía popular (Cortes de carácter unicameral y una división de poderes muy acentuada) donde el poder legislativo (de gran importancia) recaía sobre el Parlamento, aparición del Estado integral que admitía la posibilidad de crear gobiernos autónomos, establecimiento de un presidente con atribuciones limitadas.
Resultado de imagen de Constitucion de 1931En relación a los derechos y libertades, la Constitución establecía una amplia declaración de los mismos, como, la igualdad ante la ley, ni discriminación por razón de sexo, origen o riqueza, educación primaria obligatoria y gratuita, regulación del trabajo infantil y femenino, trabajo como obligación social, limitación del derecho a la propiedad (utilidad social), así como la posibilidad de expropiación por utilidad social.
La constitución presentaba al Estado como Laico (separación Iglesia-Estado), se expropiaron las tierras de jesuitas, se aceptó el divorcio y el sufragio universal masculino y femenino.
Esta última medida junto a la laicidad del Estado produjo grandes discrepancias tanto a nivel externo (Iglesia y sectores de derechas) como a nivel interno (sectores más moderados).

jueves, 27 de abril de 2017

La Constitución de 1812, ¡Viva la Pepa!


La Constitución de 1812 ("La Pepa") fue redactada durante la Guerra de la Independencia. Las Cortes de Cádiz se reunieron cuando todo el territorio está ocupado por los franceses. Algunos diputados tardaron meses en llegar y por tanto, fueron sustituidos por residentes en Cádiz. El ambiente liberal de la ciudad influyó en la asamblea. La Junta Central que prepa la convocatoria de cortes se autodisolvió a principios de 1810 y fue sustituida por una Regencia de cinco miembros. En 24 de septiembre de 1810 se reunieron las Cortes de Cádiz que se imponen a la Regencia bajo el principio de soberanía nacional. Fue aprobada el 19 de marzo de 1812 como compromiso entre liberales y absolutistas y Supuso el comienzo del constitucionalismo español. Esta estaba dotada de un claro carácter de clase del primer constitucionalismo español en beneficio de la burguesía.

Defendia una soberanía de carácter Nacional (defendida por el grupo más brillante de los liberales: Argüelles, Muñoz Torrero, conde de Toreno...). No fue formulada como un principio abstracto, sino como consecuencia de la coyuntura que atravesaba España - si no habría que reconocer la soberanía monárquica a Jose I Bonaparte por las Abdicaciones de Bayona de 1808. Se planteó la continuidad de la tradición nacional, antes de ser desnaturalizada por la monarquía absoluta de Austrias y Borbones, que situaba a las Cortes como representantes del pueblo junto al rey. Contenía unos derechos ciudadanos típicamente liberales, individuales los cuales estaban dispersos por la constitución.

Los poderes sobre el estado fueron divididos en tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El poder legislativo recaía en las Cortes. Sus competencias eran muy amplias. Hacían leyes, decidían sobre la sucesión de la corona. Aprobaban los tratados internacionales , los impuestos, nombraban regentes y detallaban a la familia real y al heredero. Por otro lado, el poder ejecutivo, formado por el Rey y sus ministros, era el encargado de dirigir el gobierno y la administración; nombrar a los ministros; tener la iniciativa legislativa; disponer de una sanción de las leyes (con veto suspensivo de 2 años). Los ministros (llamados aún Secretarios de Despacho): tenían la necesidad de refrendo del ministro del ramo para las decisiones del rey. Finalmente, el poder Judicial propuso un renovador código único según el cual, se otorgaba a los ciudadanos la igualdad ante la ley. Pese a esto, este codigo único no se aplicó a eclesiásticos ni a militares. Se encontraban dentro de este poder los tribunales de justicia. Se prohibó la intervención de las Cortes o del rey en la justicia. Se dieron también la inamovilidad, formalidades procesales, el Habeas Corpus y otras garantías procesales.


Por otra parte, se creó un Estado Confesional, puesto que estableció una enseñanza primaria obligatoria, Católico (según el Art. 12: "La religión de la nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica y romana, única y verdadera") y Centralista de forma que quedó organizado en provincias en las que imponía la ley un ayuntamiento. Respecto a la milicia, se creó el servicio de Milicia Nacional, de carácter obligatorio como cuerpo de ciudadanos armados para defender los preceptos liberales antes quienes se opusieran a su desarrollo. La economía y la Hacienda sufrieron un fuerte cambio al imponerse un sistema de pago de impuestos igualitario ya que se dió un reparto proporcional de impuestos. Garantizaba también el libre pensamientp, la seguridad individual a través de la inviolabilidad del domicilio, los derechos penales y procesales y la abolición de la tortura.

Este texto constitucional cobra una importancia mayor puesto que propuso un cambio brusco del Estado que en aquellos momentos estaba fuertemente ligado al Antiguo Régimen. Es además la constitución más larga redactada en España y sirvió de ejemplo para muchos paises.
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sábado, 25 de marzo de 2017

FRANCISCO GOYA, LOS DESASTRES DE GUERRA, LA CARGA DE LOS MAMELUCOS Y LOS FUSILAMIENTOS DEL 3 DE MAYO

La estancia de Goya en Zaragoza durante la Guerra de la Independencia dejó una profunda huella en el artista al enfrentarle directamente con las terribles consecuencias de esa lucha cruel, la cual duro cinco largos años y fue una de las matanzas más atroces conocidas en el continente. Francisco de Goya, escéptico ante las justificaciones de la guerra y lejos apoyar con sus obras a alguno de los bandos contendientes, muestra el rostro más oscuro de la guerra, el de los muertos y sus asesinos, el de los indefensos y sus prepotentes violadores, el de los que padecen y el de los que disfrutan con el padecimiento ajeno. En la Guerra de la Independencia, como en toda guerra, la falta de razón y los intereses del poder sembraron España de víctimas inocentes. La sensibilidad de Goya ante estos acontecimientos produjo no sólo su mejor serie de estampas, sino una gran reivindicación contra la violencia en sus diferentes formas, que no reconoce justificación alguna, y que gracias a la maestría técnica de Goya permite al espectador contemplar imágenes de guerra. La genialidad de la obra de Goya no reside en su perfección técnica, sino también por la enorme distancia que la separa del resto de la producción artística del momento. Frente a las imágenes heroicas, Goya presenta la violencia y la muerte en sus más puras expresiones. Las obras de Goya de contenido bélico no muestran a los héroes militares o populares que lucharon contra los franceses conocidos gracias a las publicaciones y a las galerías de retratos ampliamente difundidos en la España de su tiempo. Ni tan siquiera nos presentan hechos concretos en lugares determinados. Por el contrario Goya nos muestra, partiendo de acontecimientos reales, la esencia de los mismos, la representación universal del heroísmo, la brutalidad, el hambre, la desesperación, la destrucción, pero sobre todo la muerte.
Terminada la guerra de la Independencia, en marzo de 1814 recibía Goya del gobierno de la Regencia el encargo de perpetuar, pasándolas al lienzo, las más notables acciones de la heroica contra las tropas napoleónicas. Los frutos de esta iniciativa fueron dos obras que han sido consideradas lo mejor de su producción: el lienzo Dos de mayo, conocido también como La carga de los mamelucos y el titulado Los fusilamientos del 3 de mayo.
En La carga de los mamelucos el lienzo plasma de modo magistral toda la violencia del estallido popular del Dos de Mayo en respuesta a la llamada contra el invasor. Este cuadro se centra en la lucha del pueblo sobre las tropas africanas (mamelucos) que acompañaron a los franceses, consigue evocar la antigua violencia española contra el moro, que sin duda hubo de contar en aquellos violentos momentos.
Mientas tanto Los fusilamientos de 3 de mayo puede ser considerado uno de los cuadros de temática histórica más dramáticos de toda la historia del arte. La intensa pasión que inspira la composición consiguió que este lienzo fuese más que un recordatorio de un hecho concreto, y mucho más también que un simple manifiesto fruto del patriotismo del autor. El pintor, llevado por la intensidad dramática de los hechos que narra, supo expresar y representar la violencia de la guerra de independencia, la crueldad del hombre para el hombre y a su vez el deseo de libertad.



La Carga de los Mamelucos de Goya.                 Los Fusilamientos del 3 de Mayo de Goya                                

BIBLIOGRAFÍA: