domingo, 28 de mayo de 2017

Constitución del 1978

CIRCUNSTANCIAS HISTÓRICAS Y PROCEDIMIENTO CONSTITUYENTE: Este proceso constituyente arranca con la muerte del dictador Francisco Franco el 20 de noviembre de 1975, la Monarquía fue reestablecida y el rey Juan Carlos pasó a ser la figura transcendental en este cambio político. El rey nombró a Arias Navarro como Jefe del Gobierno, quería seguir un continuismo con pocos cambios, pero la grave crisis económica del 1973 (petróleo), reforzamiento de la oposición, grandes manifestaciones en contra del Gobierno. La oposición definió un programa común en COORDINACIÓN DEMOCRÁTICA, la propuesta era un Gobierno provisional y unas elecciones libres de carácter constituyente para asentar un sistema político democrático. Los franquistas tuvieron movilizaciones sociales contrarias en Cataluña y País Vasco, esto provocó ante la grave situación que el Rey Juan Carlos I nombrará presidente del Gobierno a Adolfo Suárez, un político reformista. Este promulgó la LRP (Ley de Reforma Política) que reconocía derechos fundamentales de las personas, poder legislativo basado en la soberanía popular y era la base de un sistema democrático, establecía un sistema bicameral por sufragio universal y fue sometida a un referéndum que ganó. La continuación fue la celebración de unas elecciones democráticas, de las que salió un sistema bipartidista para elaborar una Constitución.

ANÁLISIS DEL CONTENIDO DEL TEXTO ARTICULADO

1.- SOBERANÍA: NACIONAL ÚNICA

2.- LIBERTADES Y DERECHOS INDIVIDUALES: POLÍTICOS Y SOCIALES, no discriminación por edad, raza, sexo y religión, y se fija el derecho a votar a partir de los 18 años.

3.- DIVISIÓN Y RELACIÓN DE PODERES:
-LEGISLATIVO Competencia: Elaborar leyes, aprobar los presupuestos generales y controlar al gobierno.
                            Procedimiento electoral: Sufragio Universal.
                            Composición: Cortes Generales.
                            Garantías: Igualdad ante ley, habeas corpus, recurso de amparo, presunción de inocencia, derecho a                                   ser juzgados por jueces imparciales, preminencia de la Constitución ante todas las leyes. 

-EJECUTIVO    Sujetos del poder: Gobierno (Presidente y ministros).
                            Competencias: Promulgar leyes y ejecutarlas, decretos LEY.

-JUDICIAL        Competencias: El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.
                            Organización y procedimientos: Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Supremo (sala I materia civil, sala II materia penal, sala III contencioso administrativo, sala IV materia laboral y sala V materia militar), jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley
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4.- ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y TERRITORIAL DEL ESTADO:
Sistema descentralizado con la creación de las Comunidades Autónomas, que se regulan mediante estatutos que incluyen órganos legislativos, elegidos por S. UNIVERSAL (parlamentos), ejecutivos (gobiernos) y también fijan sus competencias. Artículo 151, para llegar a la autonomía, utilizado por los vascos, catalanes y gallegos (nacionalistas) y las que lo ratificaron por referéndum y el Artículo 143, donde el proceso es más lento.  

5.- RELACIONES IGLESIA-ESTADO: Libertad de cultos y cooperación con la Iglesia católica.

6.- FUERZAS ARMADAS: Sometidas al poder civil.
Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

7.- ECONOMÍA Y HACIENDA: Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general, la ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.
La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

C) CONCLUSIONES Y SIGNIFICADO DEL TEXTO CONSTITUCIONAL

Escrita y cerrada en un único texto articulado pero inacabado. (pendiente del desarrollo posterior por leyes), rígida, ya que no puede ser modificada fácilmente, aunque no es imposible, extensa, es muy larga consta de 169 artículos más 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogativa y una final, democrática ya que es el pueblo la que se la asigna a sí mismo mediante la mayoría, progresista, ya que fue el fruto del acuerdo entre las diversas fuerzas políticas y original, tiene influencias de la alemana e italiana se asienta sobre estas líneas.

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